Términos y Condiciones de Contratación de Servicios y Pagos en Línea
Firma Internacional Mexicana de Abogados, S.C.
Versión: FIMA-TYC-PAGOS-20250101 · Última actualización: 1 de enero de 2025 · Vigencia a partir de: 1 de enero de 2025
Estos Términos y Condiciones (los "Términos") regulan la contratación de servicios jurídicos y el pago en línea de los conceptos correspondientes a través de los medios habilitados por Firma Internacional Mexicana de Abogados, S.C. Funcionan como instrumento de aceptación electrónica, autorización de cobro, política de cancelación y de no reembolso, y soporte de exigibilidad; no sustituyen ni modifican el contrato de prestación de servicios, que rige las condiciones sustantivas (honorarios, cuota litis, revocación, asunto y patrocinio). Al marcar la casilla de aceptación y completar el pago, el Cliente declara que los leyó, entendió y aceptó.
1. Identificación del prestador
Firma Internacional Mexicana de Abogados, S.C. ("FIMA", "la Firma"), despacho con domicilio en Calle Francisco Villa 218, Colonia Las Granjas, Cuernavaca, Morelos, México, C.P. 62460; RFC [____]; correo oficial: abogados@fimamx.com; teléfono +52 (777) 333-2376; sitio: www.fimamx.com. FIMA es la titular de la cuenta en la plataforma de pago utilizada para los cobros en línea.
Los servicios jurídicos podrán ser prestados por FIMA y/o por los profesionistas que la integran, de manera conjunta o separada, de forma enunciativa, mas no limitativa por los licenciados Ascención Pacheco Godínez y César Paul Pacheco Flores, o por el profesionista que al efecto se designe. Con independencia del profesionista que atienda el asunto, los pagos en línea regulados por estos Términos se procesan a favor de FIMA y se identifican en el estado de cuenta del Cliente con el descriptor de la Firma.
2. Definiciones
-
Cliente: persona que contrata o paga un servicio de FIMA.
-
Plataforma de pago: procesador de pagos utilizado por FIMA y sus enlaces o formularios de cobro.
-
Asesoría legal inicial: consulta jurídica inicial de pago único.
-
Iguala mensual de gastos: cuota mensual fija, ordinaria, recurrente y pagadera por adelantado, destinada a cubrir la disponibilidad profesional y operativa de FIMA, la administración y conservación del expediente, el seguimiento ordinario del asunto, la comunicación razonable con el Cliente, la revisión de actuaciones, acuerdos o avances, la coordinación interna, el control documental, el uso de medios electrónicos, la operación administrativa y la continuidad de atención del asunto durante el periodo correspondiente. No constituye honorarios profesionales de resultado, honorarios por conclusión, cuota litis, comisión de éxito ni contraprestación final por cantidades litigadas, reclamadas, recuperadas, obtenidas o convenidas, conceptos que se rigen por el contrato. Tampoco incluye gastos extraordinarios, derechos, publicaciones, certificaciones, peritajes, avalúos, traslados especiales, exhortos, copias certificadas, viáticos, pagos a terceros, pagos a autoridades ni erogaciones no ordinarias, salvo pacto expreso por escrito.
-
Honorarios profesionales: contraprestación por la conclusión o el resultado del asunto, incluida la cuota litis o porcentaje pactado, conforme al contrato.
-
Gastos extraordinarios: erogaciones específicas y no recurrentes, informadas previamente.
-
Cobro recurrente: cargo periódico aplicado de forma automática al medio de pago registrado.
-
Domiciliación: autorización del Cliente para que el cobro recurrente de la iguala se aplique automáticamente a su medio de pago en cada periodo, hasta su cancelación válida.
-
Registro de gestiones (bitácora): constancia fechada de las actuaciones realizadas por FIMA en el asunto.
3. Objeto y alcance
3.1. Estos Términos rigen: (i) la contratación en línea de servicios jurídicos; (ii) la autorización y el procesamiento de pagos únicos y recurrentes; (iii) la facturación, la cancelación, los reembolsos y la atención de aclaraciones y disputas de cargos.
3.2. La relación profesional se integra por estos Términos y por el contrato de prestación de servicios que, en su caso, suscriba el Cliente. Cada documento se interpreta de forma armónica con el otro; en lo relativo a la prestación del servicio, los honorarios, la cuota litis y la revocación o terminación, prevalece el contrato firmado, y estos Términos rigen de forma preferente lo relativo a la contratación electrónica, la autorización de cobro, la domiciliación, la cancelación de la suscripción, el no reembolso y la atención de aclaraciones o contracargos.
3.3. La aceptación de estos Términos es requisito para procesar cualquier pago.
4. Aceptación expresa y conservación de la prueba
4.1. La contratación requiere la aceptación expresa del Cliente mediante la casilla obligatoria previa a completar el pago. Sin esa aceptación no se procesa el cobro.
4.2. Dicha aceptación constituye un consentimiento expreso documentado como mensaje de datos. FIMA conserva el registro electrónico asociado —identificación del documento y versión aceptados, fecha y hora y, cuando estén disponibles, dirección IP, dispositivo, correo electrónico y los últimos cuatro dígitos del medio de pago—, con el valor probatorio que la legislación reconoce a los mensajes de datos.
4.3. El Cliente acepta que estos registros, el contrato firmado y la versión aceptada de los Términos puedan presentarse como prueba ante la Plataforma de pago, el banco emisor, las redes de tarjetas y la autoridad competente.
5. Naturaleza del servicio; obligación de medios
5.1. FIMA presta servicios jurídicos profesionales bajo una obligación de medios y no de resultado. FIMA se obliga a desplegar una actuación profesional razonable conforme a la información, documentos, instrucciones y pagos proporcionados oportunamente por el Cliente, sin garantizar resultado judicial, extrajudicial, registral, económico, patrimonial, fiscal, administrativo ni de cualquier otra naturaleza.
5.2. El Cliente reconoce que los asuntos jurídicos dependen de autoridades, juzgados, tribunales, notarías, registros públicos, contrapartes, terceros, disponibilidad documental, cargas de trabajo institucionales, plazos legales, criterios jurisdiccionales, contingencias procesales y demás factores ajenos al control de FIMA. Por ello, FIMA no será responsable por demoras, resoluciones, prevenciones, criterios, requerimientos, cargas procesales u omisiones atribuibles a autoridades, terceros o al propio Cliente.
5.3. La iguala mensual de gastos se causa por la disponibilidad, seguimiento y atención ordinaria del asunto durante el periodo correspondiente, sin que implique la obligación de realizar un número determinado de actuaciones, promociones, llamadas, reuniones, escritos o diligencias por mes.
6. Conceptos, montos, impuestos y ciclo de pago
6.1. Asesoría legal inicial. Su costo es de $750.00 MXN más IVA, o el monto indicado en el enlace de pago, cotización o comunicación correspondiente. Salvo indicación expresa, los montos publicados o enviados por FIMA no incluyen IVA ni otros impuestos, derechos, comisiones bancarias, cargos de conversión de divisa o contribuciones aplicables, que deberá cubrir el Cliente cuando correspondan.
6.2. Iguala mensual de gastos. La iguala ordinaria es de $10,000.00 MXN más los impuestos que conforme a la ley resulten aplicables, pagadera por adelantado. Cuando FIMA otorgue descuento por domiciliación, el porcentaje, código promocional o monto resultante se indicará en el contrato, enlace de pago, comunicación escrita o pantalla de checkout correspondiente.
6.3. Honorarios profesionales. Los honorarios, honorarios de resultado o por conclusión, la cuota litis y cualquier porcentaje sobre cantidades litigadas, reclamadas, recuperadas, obtenidas o convenidas se rigen exclusivamente por el contrato. Estos Términos regulan de forma preferente la contratación electrónica, la autorización de cobro, la domiciliación, la cancelación de la suscripción, el no reembolso y la atención de aclaraciones o contracargos.
6.4. Gastos extraordinarios. Son independientes de la iguala y de los honorarios; deberá cubrirlos el Cliente o proporcionarlos oportunamente a FIMA cuando ésta los solicite.
6.5. Ciclo de pago. La iguala se cobra por adelantado. Como regla general, será exigible dentro de los primeros cinco (5) días naturales de cada mes. Cuando el Cliente contrate mediante enlace de suscripción o cobro recurrente en una fecha distinta, el cargo podrá aplicarse mensualmente en la misma fecha de inicio de la suscripción, o en la fecha técnicamente disponible más cercana según la Plataforma de pago, contando el Cliente con cinco (5) días naturales para que el cargo se haga efectivo a través de la propia suscripción. En todo caso, el periodo de cobertura se tendrá por iniciado desde la fecha de cobro, activación, renovación o exigibilidad del periodo correspondiente.
6.6. Moneda e impuestos. Todos los cobros se realizan en pesos mexicanos. Los precios de FIMA se entienden más IVA y más los impuestos, derechos, cargos o contribuciones que resulten legalmente aplicables, salvo que el enlace de pago, cotización o contrato indique expresamente que el importe ya los incluye. En tarjetas extranjeras, el banco emisor podrá aplicar comisiones, conversión de divisa o cargos ajenos a FIMA.
6.7. Actualización. La iguala y demás conceptos podrán actualizarse conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor, costos operativos, complejidad del asunto o condiciones pactadas en el contrato. Todo ajuste se notificará con anticipación, no tendrá efectos retroactivos sobre periodos ya pagados, y el Cliente podrá aceptarlo o cancelar conforme a la cláusula 9.
7. Identificación del cargo (descriptor)
El cargo aparecerá en el estado de cuenta del Cliente con un descriptor identificable de FIMA (p. ej., "FIMA ABOGADOS" / "IGUALA DE GASTOS"). El Cliente se obliga a identificar dicho descriptor antes de iniciar cualquier aclaración o disputa.
8. Autorización de cobro recurrente y domiciliación
8.1. Al suscribirse a la iguala, el Cliente autoriza expresamente a FIMA, por conducto de la Plataforma de pago, a realizar cargos mensuales recurrentes y automáticos al medio de pago registrado, por el monto aplicable más los impuestos correspondientes, durante la vigencia de la suscripción, del contrato o de la atención del asunto, y hasta que exista cancelación válida conforme a estos Términos y, en su caso, al contrato.
8.2. Cada cargo mensual constituye una transacción independiente, autorizada, periódica y legítima; los cargos recurrentes que correspondan a periodos distintos no constituyen duplicidad, error de cobro ni cargo no autorizado.
8.3. FIMA enviará confirmación o recibo de cada pago al correo del Cliente y, a solicitud con datos fiscales, emitirá el CFDI respectivo.
8.4. Si el Cliente cancela, bloquea, sustituye o deja sin efectos el medio de pago registrado, ello no extingue las cantidades causadas ni las obligaciones vigentes mientras continúe el asunto, la representación o la prestación del servicio. En tal supuesto, la iguala se cubrirá en su monto ordinario, sin descuento ($10,000.00 MXN más IVA), principalmente en efectivo y directamente en las oficinas de FIMA, dentro del plazo aplicable. FIMA podrá, a su sola elección, autorizar otros medios (transferencia, SPEI, depósito u otro), sin que ello implique novación, renuncia, modificación del contrato ni conservación del descuento por domiciliación.
8.5. La falta de pago oportuno faculta a FIMA, en la máxima medida permitida por la ley y sin responsabilidad para ésta, a suspender gestiones no urgentes, diferir actuaciones no indispensables, requerir provisiones, condicionar nuevas gestiones al pago previo y ejercer las acciones legales de cobro que correspondan.
9. Cancelación de iguala, suscripción y representación
9.1. Cancelación de la suscripción de pago. Requiere aviso por escrito con al menos un (1) mes de anticipación a la siguiente fecha de cobro, salvo que el contrato establezca un plazo mayor o condición distinta.
9.2. Medio válido. Solo surtirá efectos si se realiza por escrito, con acuse de recibido de FIMA, o mediante notificación judicial o ante autoridad competente. Los mensajes informales, llamadas, manifestaciones verbales o comunicaciones sin acuse no constituyen, por sí solas, cancelación válida.
9.3. Devengo durante el aviso. Durante el periodo de aviso, la iguala seguirá causándose y será pagadera en su totalidad, aun cuando el Cliente solicite la cancelación, la sustitución del medio de pago o la terminación de la domiciliación.
9.4. La cancelación del pago no equivale a la terminación del asunto. La cancelación, bloqueo o suspensión del medio de pago no implica revocación del mandato, conclusión del patrocinio, terminación del contrato, sustitución judicial de abogado, cancelación de poderes ni liberación de adeudos.
9.5. Revocación y terminación anticipada. La revocación del patrocinio, mandato o poderes, así como la terminación anticipada, se rigen por el contrato. En caso de revocación, rescisión o terminación anticipada sin causa justificada, FIMA podrá exigir honorarios, igualas, gastos, expensas, daños, perjuicios y demás conceptos que procedan conforme al contrato y a la legislación aplicable.
9.6. Formalización ante autoridad. Cuando exista juicio, procedimiento, poder o representación procesal, la sustitución o conclusión de la representación deberá formalizarse ante la autoridad competente, sin perjuicio de las cantidades causadas a favor de FIMA.
10. Descuento por domiciliación: naturaleza y pérdida
10.1. El descuento sobre la iguala es un beneficio comercial, excepcional, condicionado y revocable, otorgado exclusivamente por la autorización, conservación y buen funcionamiento de la domiciliación o cobro recurrente, y por el pago en tiempo y forma.
10.2. El Cliente perderá automáticamente el descuento y deberá cubrir la iguala en su monto ordinario, sin descuento ($10,000.00 MXN más IVA), cuando: (a) no autorice la domiciliación; (b) cancele, suspenda, bloquee, sustituya o impida el cobro recurrente; (c) desconozca injustificadamente cargos válidamente autorizados; (d) incurra en mora; (e) no mantenga fondos suficientes o medio de pago vigente; (f) pretenda continuar recibiendo servicios sin conservar la forma de pago que justificó el descuento; o (g) se actualice cualquier supuesto previsto en el contrato.
10.3. La pérdida del descuento no constituye pena convencional, sanción, interés moratorio ni cargo duplicado, sino la terminación de un beneficio condicionado a la certeza, continuidad y oportunidad del pago. No afecta, limita ni sustituye el derecho de FIMA a cobrar honorarios, cuota litis, gastos extraordinarios, expensas, daños o perjuicios conforme al contrato, especialmente en caso de revocación, rescisión o terminación anticipada sin causa justificada.
11. Política de no reembolso
11.1. Todos los pagos realizados a FIMA por concepto de asesoría inicial, iguala mensual de gastos, disponibilidad, seguimiento, atención del asunto, gastos extraordinarios, honorarios o cualquier otro concepto válidamente contratado, causado, iniciado, devengado, autorizado o procesado son definitivos y no reembolsables.
11.2. La iguala correspondiente a un ciclo iniciado, activado, renovado, cobrado o exigible no será reembolsable, total ni parcialmente, aun cuando el Cliente decida no continuar, cambie de opinión, sustituya abogado, revoque el patrocinio, cancele el medio de pago, solicite terminación, abandone el asunto, no proporcione documentos, no atienda comunicaciones o manifieste inconformidad con tiempos, actuaciones, estrategia, autoridad, contraparte o resultado.
11.3. La asesoría inicial —una vez agendada, iniciada, prestada o no aprovechada por causa imputable al Cliente— y los gastos extraordinarios —una vez solicitados, autorizados, erogados o comprometidos— tampoco serán reembolsables.
11.4. Cualquier ajuste por cargo duplicado evidente, error técnico comprobado u operación no procesada correctamente por causa imputable exclusivamente a FIMA o a la Plataforma de pago será tratado como corrección operativa de cargo, no como reembolso contractual, cancelación de deuda, renuncia de derechos ni reconocimiento de incumplimiento.
11.5. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las disposiciones legales imperativas que, en su caso, resulten aplicables.
12. Prestación del servicio y registro
12.1. FIMA integra y lleva el expediente, mantiene comunicación con las autoridades y realiza las gestiones que cada etapa procesal requiere. La naturaleza, frecuencia y oportunidad de dichas gestiones varían según el caso y la intervención de autoridades y terceros; la iguala cubre la disponibilidad y atención continua del asunto durante el periodo, y no un número determinado de actuaciones.
12.2. El registro fechado de gestiones, junto con las constancias del expediente y la comunicación entre las partes, acredita la prestación del servicio durante los periodos cobrados, sin que ello implique compromiso sobre tiempos específicos ni sobre un resultado.
13. Aclaraciones y contracargos
13.1. Ante cualquier duda, inconformidad, falta de reconocimiento o aclaración relacionada con un cargo, el Cliente deberá contactar primero a FIMA por los medios oficiales, proporcionando nombre completo, correo, fecha del cargo, monto, últimos cuatro dígitos del medio de pago y motivo de la aclaración.
13.2. FIMA contará con un plazo razonable de hasta diez (10) días naturales para revisar la aclaración y verificar el contrato, los Términos aceptados, la suscripción, el recibo, la bitácora, las comunicaciones y demás evidencia aplicable.
13.3. El Cliente reconoce que iniciar un contracargo, disputa o desconocimiento respecto de cargos válidamente autorizados, recurrentes, causados, devengados o contractualmente exigibles podrá constituir incumplimiento contractual, sin perjuicio del derecho de FIMA a presentar evidencia ante la Plataforma de pago, el banco emisor, la red de tarjetas o la autoridad competente.
13.4. FIMA podrá exhibir como evidencia estos Términos, el contrato, la versión aceptada, el registro de aceptación, el enlace de pago, recibos, comprobantes, CFDI, el descriptor, la bitácora de gestiones, las comunicaciones, las constancias del expediente, el historial de pagos, los intentos de cobro y los registros técnicos disponibles que acrediten la autorización, legitimidad, periodicidad, prestación, disponibilidad o exigibilidad del cargo.
13.5. La falta de comunicación previa, el desconocimiento injustificado de cargos recurrentes o la omisión de identificar el descriptor podrá ser considerada por FIMA para suspender gestiones no urgentes, exigir pago por medios alternativos, cancelar beneficios, reclamar daños y perjuicios y ejercer las acciones legales procedentes.
14. Titularidad del medio de pago y prevención de fraude
14.1. El Cliente declara, bajo protesta de decir verdad, que es titular del medio de pago utilizado o que cuenta con autorización suficiente de su titular para emplearlo.
14.2. El Cliente se obliga a no proporcionar medios de pago ajenos sin autorización, no simular operaciones, no desconocer cargos legítimos, no solicitar contracargos improcedentes y no realizar actos que puedan considerarse fraudulentos, abusivos o contrarios a la buena fe.
14.3. Para seguridad, prevención de fraude, autenticación, atención de aclaraciones y defensa de disputas, la Plataforma de pago podrá recopilar, procesar y conservar datos técnicos y transaccionales, incluyendo identificadores de operación, correo electrónico, dirección IP, dispositivo, autenticaciones, historial de pago, últimos cuatro dígitos del medio de pago y marca de tarjeta, conforme a sus propias reglas.
14.4. FIMA no requiere conservar el número completo de tarjeta ni el código de seguridad para acreditar la operación; basta la información transaccional o identificadora disponible en la Plataforma de pago, junto con el contrato, la aceptación electrónica, los recibos, las comunicaciones y la bitácora.
15. Limitación de responsabilidad
15.1. En la máxima medida permitida por la ley, FIMA no será responsable por daños indirectos, incidentales, especiales, consecuenciales, punitivos, pérdida de oportunidad o de negocio, lucro cesante, ni por afectaciones derivadas de actos de autoridad o de terceros, conducta de la contraparte, información incompleta o tardía del Cliente, falta de pago, falta de documentos, demoras institucionales, criterios jurisdiccionales o resultados adversos.
15.2. La responsabilidad de FIMA relacionada exclusivamente con el procesamiento de un cobro en línea se limitará, en su caso, al monto efectivamente pagado por el concepto específico que origine la reclamación, sin que ello implique reconocimiento de incumplimiento, procedencia de reembolso o renuncia de defensas.
15.3. Nada en esta cláusula excluye responsabilidades que por disposición legal imperativa no puedan limitarse.
16. Protección de datos personales
El tratamiento de datos personales del Cliente se rige por el Aviso de Privacidad de FIMA, disponible en [https://www.fimamx.com/aviso-de-privacidad]. Al contratar y pagar, el Cliente reconoce haber tenido a su disposición dicho Aviso y acepta que sus datos sean tratados para la contratación, prestación de servicios, procesamiento de pagos, facturación, prevención de fraude, atención de aclaraciones, defensa de contracargos y cumplimiento de obligaciones legales. La información necesaria para procesar, autenticar, aclarar o defender pagos podrá ser tratada por FIMA, la Plataforma de pago, bancos emisores, redes de tarjetas y terceros estrictamente necesarios, conforme al Aviso de Privacidad aplicable.
17. Comunicaciones
El Cliente acepta recibir por correo electrónico las confirmaciones de pago, los recordatorios de cobro, los avisos de cambios y las comunicaciones relacionadas con su contratación. El correo proporcionado se tiene por válido para estos efectos.
18. Modificaciones y aceptación de actualizaciones
18.1. FIMA podrá actualizar estos Términos; las actualizaciones se publicarán en [enlace] y se notificarán al Cliente, indicando su fecha de entrada en vigor.
18.2. Las actualizaciones requieren la aceptación del Cliente para serle aplicables en lo sustancial. En suscripciones vigentes, la aceptación podrá realizarse mediante casilla, confirmación electrónica, pago posterior a la notificación o continuación del uso de la suscripción, u otro medio que acredite el conocimiento y aceptación de la versión actualizada, salvo que el contrato exija una formalidad específica. De no aceptarlas, el Cliente podrá cancelar conforme a la cláusula 9; en tanto, rige la versión previamente aceptada.
18.3. Los ajustes de precio se sujetan, además, a la cláusula 6.7 (aviso anticipado y aceptación o cancelación).
19. Ley aplicable y jurisdicción
Estos Términos se rigen por las leyes del Estado de Morelos, México. Para su interpretación y cumplimiento, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes del Estado de Morelos, salvo disposición legal imperativa en contrario.
20. Contacto
abogados@fimamx.com · +52 (777) 333-2376 · Calle Francisco Villa 218, Col. Las Granjas, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62460.
21. Declaración de aceptación
Al marcar la casilla y completar el pago, declaro que leí, entendí y acepté los presentes Términos y Condiciones de Contratación de Servicios y Pagos en Línea de Firma Internacional Mexicana de Abogados, S.C., incluyendo expresamente: la autorización de cobro recurrente y la domiciliación; la periodicidad de la iguala mensual de gastos y su cobro por adelantado; la política de no reembolso; la pérdida del descuento por falta de domiciliación o de pago oportuno; la obligación de cubrir los impuestos aplicables; la diferencia entre iguala mensual de gastos y honorarios profesionales; la obligación de comunicación previa para aclaraciones; la posibilidad de que FIMA presente evidencia ante contracargos; y la ausencia de garantía de resultado.
